Declaración de Madrid

Fragmento

El instrumento que se presenta a continuación tiene una gran trascendencia para el derecho sanitario; en efecto, desde hace algunos años, los especialistas en la materia (en diversos textos, sesiones académicas, congresos, etc.) han venido destacando la necesidad de otorgar mayor atención a esta disciplina, que incide en ámbitos tan sensibles para la humanidad como la protección de la salud y la vida misma. En esos términos, hasta fecha reciente había privado una visión sesgada y reduccionista de la interpretación jurídica, más orientada al derecho penal, civil, administrativo o hacia los derechos de humanidad (la cual si bien es importante, no es la vía idónea para el análisis del acto médico y para el establecimiento de criterios jurídicos en cuanto a la interpretación del proceso salud – enfermedad), o bien una interpretación poco informada de los hechos y actos jurídicos que inciden en la atención a la salud, sin el necesario concurso especializado. Por otra parte, se ha observado disparidad de criterios en las legislaciones positivas y no sólo esto, la adopción de disposiciones que lejos de favorecer el proceso de atención a la salud (en especial la relación jurídica médico – paciente) son altamente despersonalizadores (especialmente son observables cuando se habla de consumidores, en lugar de pacientes; de aportantes de células, en lugar de padres, etc.)

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2005-01-11   |   886 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 13 Núm.33. Octubre-Diciembre 2004 Pags. 34-35 Rev CONAMED 2004; 9(4)