Bases físicas de luz y color para estética dental

Autor: Hart Robert

Fragmento

Es un fenómeno físico de la luz o de la visión, asociado con las diferentes longitudes de onda en la zona visible del espectro electromagnético. Como sensación experimentada por los seres humanos y determinados animales, su percepción es un proceso neurofisiológico complejo. Los métodos utilizados para su especificación se encuadran en la especialidad llamada colorimetría, y consisten en medidas científicas basadas sobre las longitudes de onda de tres colores primarios. La luz visible está formada por vibraciones electromagnéticas cuyas longitudes de onda van de unos 350 a unos 750 nanómetros (milmillonésimas de metro). La luz blanca es la suma de todas estas vibraciones cuando sus intensidades son aproximadamente iguales. En toda radiación luminosa se distinguen dos aspectos: uno cuantitativo, su intensidad y otro cualitativo, su cromaticidad. Esta última se determina por dos sensaciones que aprecia el ojo: la tonalidad y la saturación. Una luz compuesta por vibraciones de una única longitud de onda del espectro visible es cualitativamente distinta de una luz de otra longitud de onda. Esta diferencia se percibe de manera subjetiva como tonalidad. La luz con longitud de onda de 750 nanómetros se percibe como roja, y la luz con longitud de onda de 350 nanómetros, violeta. Las luces de longitudes de onda intermedias se perciben como azul, verde, amarilla o naranja, desplazándonos desde la longitud de onda del violeta a la del rojo. El color de la luz con una única longitud de onda o una banda estrecha de longitudes de onda se conoce como color puro. De estos colores puros se dice que están saturados, y no suelen existir fuera del laboratorio. La amplia variedad que se ve todos los días son colores de menor saturación, es decir, mezclas de luces de distintas longitudes de onda.

Palabras clave: Fenómeno físico colorimetría luz.

2006-12-15   |   8,412 visitas   |   3 valoraciones

Vol. 3 Núm.28. Noviembre 2006 Pags. 8 Odont Moder 2006; 3(28)