Resumen del expediente clínico publicado en el Diario Oficial de la Federación

Fragmento

Resumen de los puntos importantes en el expediente clínico La presente Norma Oficial Mexicana es de observancia general en el territorio nacional y sus disposiciones son obligatorias para los prestadores de servicios de atención médica. 5.1 Los establecimientos serán solidariamente responsables respecto del cumplimiento de esta obligación por cuanto hace al personal que preste sus servicios en los mismos, independientemente de la forma en que fuere contratado dicho personal. 5.3.Los expedientes clínicos son propiedad de la institución y del prestador de servicios médicos, sin embargo, y en razón de tratarse de instrumentos expedidos en beneficio de los pacientes, deberán conservarlos por un periodo mínimo de 5 años contados a partir de la fecha del último acto médico. 5.4.El médico así como otros profesionales o personal técnico y auxiliar que intervengan en la atención del paciente, tendrán la obligación de cumplir los lineamientos de la presente Norma en forma ética y profesional. 5.9.Todas las notas en el expediente clínico deberán contener fecha, hora, nombre completo así como la firma de quien la elabora. Para el caso de los expedientes de psicología clínica, tanto la historia clínica como las notas de evolución se ajustarán a la naturaleza de los servicios prestados, atendiendo a los principios científicos y éticos que orientan la práctica médica, en razón de lo cual sólo atenderán a las reglas generales previstas en la presente Norma.

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2003-01-23   |   4,244 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 45 Núm.2. Abril-Junio 2000 Pags. 96-99. An Med Asoc Med Hosp ABC 2000; 45(2)